El Gobierno cubano flexibiliza las normas de migración interna hacia la capital

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Por: EFE
El Periódico Latino

Datos oficiales disponibles de 2008 indican que más de 20.000 cubanos que residían "ilegalmente" en La Habana.

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La Habana, (EFE).- El Gobierno cubano ha flexibilizado las normas para la migración interna hacia la capital del país, al introducir modificaciones a una ley de 1997 que limitó el flujo poblacional hacia La Habana de personas residentes en otras provincias.

El nuevo decreto firmado por el presidente de Cuba, Raúl Castro, fue publicado hoy por la página web de la Gaceta Oficial y entró en vigor el pasado 16 de noviembre.

En concreto, la medida exime a un grupo de personas de tener que realizar los trámites y presentar las autorizaciones que habitualmente el Gobierno exige para quienes deseen trasladar su residencia permanente hacia La Habana.

Las limitaciones para migrar hacia la capital cubana quedaron establecidas en un decreto ley de 1997 con el objetivo de contener el flujo de personas hacia La Habana, aunque el fenómeno no cesó y continuaron apareciendo asentamientos ilegales en la ciudad.

De acuerdo con ese documento, los interesados en oficializar su domicilio en La Habana tienen que contar con la "autorización" de los propietarios o "arrendatarios" de los inmuebles donde residirían.

Si los inmuebles se encuentran en "zonas especiales" de la ciudad o de "significación para el turismo", se requiere además del "criterio de la entidad o dependencia que tenga a su cargo dicha zona" sobre el caso.

Asimismo se exige que entidades de Arquitectura y Urbanismo certifiquen que los inmuebles donde residirán tienen condiciones de "habitabilidad" y una superficie no inferior a 10 metros cuadrados por cada unos de sus habitantes.

El incumplimiento de estas normas puede conllevar a multas y hasta a "la obligación" de que la persona retorne "de inmediato" a su lugar de origen.

El nuevo decreto divulgado este martes dispone que ahora no tendrán que cumplir con esos requisitos los hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos y cónyuge del titular de la vivienda donde residirán en La Habana.

También se exceptúa a "las personas jurídicamente incapaces", los hijos menores del cónyuge del titular, y al núcleo familiar de la persona a la que el Estado entregue un inmueble "por interés estatal o social".

El texto de la nueva ley resalta que "a pesar de que se mantienen las causas y condiciones que en su día motivaron la adopción" del decreto de 1997 "resulta aconsejable exceptuar" de los trámites establecidos a "determinadas personas provenientes de otras provincias del país".

Datos oficiales disponibles de 2008 indican que más de 20.000 cubanos que residían "ilegalmente" en La Habana fueron obligados a volver a sus poblaciones de origen en el periodo comprendido entre 2006 y ese año.

Algunas fuentes oficiales han señalado que la norma jurídica amortigua pero no frena a los inmigrantes que llegan a la ciudad, la mayoría de ellos en busca de mejoras para sus condiciones de vida, más ofertas de trabajo y oportunidades económicas.


 

 



 

 

 

 

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